La XVI Legislatura del Congreso del Estado de Baja California Sur aprobó con 16 votos a favor de Morena, PT e independientes y cinco en contra del PAN, Fuerza por México y PRD que el trámite de cambio de identidad en las actas de nacimiento, sea sin restricción de edad en Baja California Sur.

Esto quiere decir que los mayores de edad “Pueden pedir el levantamiento de una nueva acta de nacimiento para el reconocimiento de la identidad de género y cambio de nombre, poniendo la anotación correspondiente en su acta de nacimiento primigenia, quienes requieran el reconocimiento de su identidad de género”. Este reconocimiento se llevará a cabo ante las instancias y las autoridades correspondientes del Registro Civil del Estado cumpliendo todas las formalidades que exige el Código. S

Pero también se establece que tratándose de menores de edad, el procedimiento se realizará a través del padre y la madre, tutor o persona que tenga la custodia legal, con la asistencia de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado, para lo cual, el Registro Civil, deberá recabar su consentimiento expreso, libre e informado de la persona menor de edad, en el que exteriorice su deseo y conozca los alcances del trámite.

Cuando la autoridad del Registro Civil o la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado adviertan que el desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez de la persona en cuestión no sea el óptimo conforme a su edad, deberá recabar un dictamen de un especialista médico psicológico solo para el efecto de determinar si comprende el significado y alcance de lo que pretende realizar a efecto de que no sea manipulado.

Sin embargo existe otra situación que ha causado polémica y es que cuando se niegue o sea imposible obtener el consentimiento del padre y la madre, tutor o la persona que tenga la custodia legal de la persona menor de edad, ésta ultima podrá acudir ante la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado, la cual deberá prestarle asistencia legal para recurrir a la vía jurisdiccional, priorizando el interés superior de la niñez y derechos humanos.

Lo anterior sin que mediaran mesas de trabajo o una consulta pública se hizo sin previo aviso por parte de Morena y Aliados en la agenda de la orden del dia del Congreso del Estado y en acato a la sentencia del 13 de junio de 2023, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante la cual resolvió la Acción de Inconstitucionalidad 132/2021, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en contra del artículo 144, párrafo primero, en la porción normativa “mayores de edad”, del Código Civil para el Estado de Baja California Sur.

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