El Congreso de Guerrero castigar con prisión a quienes difundan fotografías o vídeos con contenido sexual sin consentimiento.

México.- El Congreso local de Guerrero aprobó por unanimidad la conocida Ley Olimpia para sancionar la violencia digital y que consiste en una serie de reformas al Código Penal estatal, con lo que se castigará de 3 a 6 años en prisión a la persona que difunda fotografías o vídeos con contenido sexual sin el consentimiento de la víctima.

Protestas en Congreso de Guerrero por Ley Olimpia.@nereidacatalan

La sanción también considera multas económicas que van de los 200 y hasta mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) contra quienes cometan dicho delito.

A través de redes sociales, Olimpia Coral Melo expresó que con Guerrero suman 12 estados en sancionar este tipo de violencia, principalmente contra las mujeres. Y agradeció la labor de sus compañeras activistas y las legisladoras que presentaron la iniciativa.

La primera reforma al Código Penal consistió en anexar al capítulo V el artículo 187 para tipificar el delito; además de explicar las penas que se pueden imponer tanto en prisión como económicas.

“Comete el delito de divulgación no consentida de imágenes o videos íntimos o sexuales, quien por cualquier medio publique, transmita, copie, reproduzca, modifique, emplee, difunda o comparta fotografías, imágenes, audios o videos con contenido sexual de otra persona sin su consentimiento a través de cualquier dispositivo electrónico en internet o a través de las tecnologías de la información y telecomunicación».Ley Olimpia Guerrero

La reforma advierte que “la pena aumentará hasta en una tercera parte en su mínimo y en su máximo”, cuando el responsable tenga relación de cualquier tipo con la víctima; y también aumentarán cuando el contenido correspondan a menores de 18 años de edad o personas sin capacidad de comprender el significado de su consentimiento.

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