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LA REFORMAS DE PEÑA Nieto y compañía: Ahora las casas de cambio están obligadas a registrar a todos sus clientes… aunque la transacción que realicen sea de un centavo americano, de acuerdo con la resolución en materia de prevención de “lavado” de dinero publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF)…El nombre completo, fecha de nacimiento, domicilio particular y número de identificación oficial son algunos de los datos personales que deberán ser solicitados a los usuarios…Otro detalle, AHORA, si no quieren vérselas con la PGR y Haciernda, los centros cambiarios tienen que identificar a los clientes a partir de la compra o venta de 500 dólares pidiéndole datos que tienen que cotejarse con una identificación oficial.
CON las modificaciones incluidas en la reciente resolución, emitidas el pasado 31 de diciembre en el DOF, la obligación de “fichar” a los usuarios se extiende a todos los clientes sin excepción.
LOS DUEÑOS de los centros cambiarios señalan que la disposición de documentar toda transacción en dólares no tiene sentido en la frontera y que lo único que provocará será acabar de matar al sector.
EL GOBIERNO opina que la regla tiene como objetivo frenar el “lavado” de dinero, y olvida que en la frontera la economía está totalmente dolarizada y no todos los que traen morralla o dólares de a uno o cinco son delincuentes.
LA medida se trató de aplicar desde 2014, pero se frenó ante las quejas y amparos de los centros cambiarios. Aun así se incluyó nuevamente sin consulta alguna en este 2015.
OTRA LATA es la carga administrativa que generará a los centros cambiarios, la norma causará malestar y controversia a los usuarios, quienes no están acostumbrados a proporcionar información al acudir a comprar o vender cantidades mínimas de dólares, además de causarles incertidumbre sobre qué pasará con sus datos.
SE PRONOSTICA un aumento en el mercado negro de dólares.
LA disposición podría estar violando las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera (GAFI) que realiza a los países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
La resolución publicada el pasado 31 de diciembre en el DOF precisa que los centros cambiarios tendrán que solicitar a las empresas su denominación o razón social, el Registro Federal de Contribuyentes con homoclave o el número de serie de la Firma Electrónica Avanzada, cuando cuente con ella. También les pedirán el domicilio, nacionalidad, y los datos de la persona que acuda al centro cambiario en su representación. ESTOS datos deberán estar resguardados en el sistema automatizado con el que cuenta el centro cambiario y que dichos establecimientos tienen 365 días a partir de la publicación del documento para implementar la obligación.
OTRA disposición incluida en la reciente resolución es la obligación de enviar un reporte en 24 horas cuando el centro cambiario tenga las sospechas de que el usuario está haciendo operaciones con recursos de procedencia ilícita…
HABLEMOS DE OTRA cosa, de avisos de la CONDUSEF. Anote usted que entre 13 mil 458 pesos y hasta 134 mil 580, deberán pagar de multa los bancos que permitan que los despachos de cobranza que contratan para recuperar deudas, agredan, insulten, exhiban, llamen a deshoras, etc., a los deudores.
Los audios que puedan grabar los agraviados son una prueba que pueden utilizar en su defensa, indicó.
SE CONTEMPLA  la responsabilidad que tienen las instituciones financieras por esos despachos de cobranza para la recuperación de sus adeudos. LOS DESPACHOS de cobranza son  empresas mercantiles que faltaban a las reglas para operar.

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