La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió a favor de dos mujeres trans que fueron discriminadas en un centro comercial de CDMX, donde se les negó el acceso a los baños femeninos, fueron exhibidas y tratadas con hostilidad.
La Corte determinó que:
Negarles el acceso por su identidad de género es discriminación.
Se debe presumir el daño moral en casos de discriminación.
Las empresas deben indemnizarlas y pagar daños punitivos como sanción.
Este fallo sienta un precedente sobre el deber de los establecimientos de garantizar espacios libres de discriminación y la obligación de juzgar con perspectiva de género en estos casos.





