Depende de la edad del niño. Si el niño no ha cumplido 18 años de edad, el necesita obtener un Reporte Consular de Nacimiento en el Extranjero del Consulado General de los Estados Unidos. Si el hijo es un adulto, él puede tramitar una solicitud para pasaporte Americano en nuestro Consulado en Matamoros. Para hacerlo, se puede visitar nuestra página de internet para ver los requisitos, sacar los formularios y hacer la cita para presentarse en el Consulado. Para su cita, necesita presentar algunos documentos, pero lo más importante es llenar las solicitudes, la forma “DS-2029” si se tramita El Reporte Consular o forma DS-11 para solicitar pasaporte en case de un adulto. Las formas están disponibles para descargar de nuestra página. Se necesita comprobarle al oficial consular 3 cosas:

1. Que el padre o la madre sea ciudadano (a) Estadounidense antes del nacimiento de su hijo (a). Normalmente, los solicitantes traen consigo su pasaporte americano, acta de nacimiento o su Certificado de Naturalización o Ciudadanía.

2. Que exista una la relación biológica entre el padre e hijo(a). El acta de matrimonio y/o el certificado de nacido vivo son normalmente útiles.

3. El padre o madre ciudadano(a) Estadounidense haya vivido suficiente tiempo en los Estados Unidos. El número de los años de presencia física en los EEUU es diferente, depende de la fecha de nacimiento del niño, del estado civil de los padres y si es el padre o la madre quien tramita la ciudadanía. En algunos casos necesitamos solo 1 ano continuo, en otros hasta 10 años de presencia física.

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