SIN EMBARGO.- La Suprema Corte concedió hoy un nuevo amparo para el consumo lúdico de la marihuana en favor de un individuo, que se suma a una resolución de 2015 que declaró inconstitucional la prohibición absoluta del uso recreativo de la hierba recogida en la Ley General de Salud.

Por mayoría de cuatro votos en contra del emitido por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) conoció del amparo en revisión y determinó conceder la protección de la justicia federal a la persona que interpuso el recurso.

El caso se originó debido a que el quejoso solicitó a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) autorización para consumir marihuana regularmente, de forma personal y con fines meramente lúdicos y recreativos.

También solicitó realizar las actividades correlativas al autoconsumo (sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer, transportar y en general todo acto relacionado con el consumo lúdico y personal), en el entendido de que su petición excluía expresamente “los actos de comercio, tales como la distribución, enajenación y transferencia de la misma”.

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